MIÉRCOLES 28 DE DICIEMBRE DE 2005
 
 
 
 
 
Boletines - Diciembre - 2005
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PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA  

Designan y excluyen agentes de retención del IGV.

 
Se publica la relación de empresas del Sistema Financiero y de los medios de pago con las que estas se encuentran autorizadas a operar.
 

Aprueban reglamento de propiedad indirecta, vinculación y grupos económicos.

 

NOTICIAS DEL DÍA  
Hoy se decide aumento del salario mínimo.
 

Banca de inversión sugiere eliminar exoneraciones tributarias al Sector Financiero.

 

LE RECORDAMOS QUE...  

Hasta hoy las entidades del Sector Público cuyo último dígito del RUC sea 0, 1, 2, 3 y 4 pueden entregar la información sobre las adquisiciones de bienes o servicios correspondientes al mes de octubre de 2005.

Faltan dos días para que las entidades del Sector Público cuyo último dígito del RUC sea 5, 6, 7, 8 y 9 entreguen la información sobre las adquisiciones de bienes o servicios correspondientes al mes de octubre de 2005.
Asimismo, se vence el plazo para el pago de la 59ª cuota del Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario y de la 44ª cuota del Régimen de Sinceramiento de la Deuda Tributaria.

PUBLICACIONES  
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
 
FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
 

MANUAL DE REFERENCIA RÁPIDA
DEL CONTADOR

 

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DESIGNAN Y EXCLUYEN AGENTES DE RETENCIÓN DEL IGV

Dispositivo
:

Resolución de Superintendencia
Nº 254-2005/SUNAT

Fecha de publicación 
:

Miércoles 28 de diciembre de 2005

Fecha de vigencia
:

Jueves 29 de diciembre de 2005

Mediante la norma en comentario se designan y excluyen agentes de retención del Impuesto General a las Ventas, los mismos que, respectivamente, operarán o dejarán de operar como tales a partir del 1 de febrero de 2006.



SE PUBLICA LA RELACIÓN DE EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y DE LOS MEDIOS DE PAGO CON LAS QUE ESTAS SE ENCUENTRAN AUTORIZADAS A OPERAR
Dispositivo
:

Resolución de Superintendencia
Nº 256-2005/SUNAT

Fecha de publicación 
:
Miércoles 28 de diciembre de 2005
Fecha de vigencia
:

Jueves 29 de diciembre de 2005

Mediante la norma en comentario se deroga la Resolución de Superintendencia Nº 308-2004/SUNAT, actualizándose lo siguiente:

  1. La relación de empresas del Sistema Financiero y de los medios de pago con las que estas se encuentran autorizadas a operar.
  2. La relación de las empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud a convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas emisoras, no pertenecientes al Sistema Financiero, cuyo objeto principal sea la emisión y administración de tarjetas de crédito.
  3. La relación de las empresas del Sistema Financiero y de las tarjetas de crédito cuyos pagos canalizan en virtud a convenios de recaudación o cobranza celebrados con las empresas bancarias o financieras emisoras, no domiciliadas en el país.


APRUEBAN REGLAMENTO DE PROPIEDAD INDIRECTA, VINCULACIÓN Y GRUPOS ECONÓMICOS

Dispositivo
:

Resolución Conasev
N° 090-2005-EF/94.10

Fecha de publicación 
:
Miércoles 28 de diciembre de 2005
Fecha de vigencia
:

Domingo 1 de enero de 2006

Mediante la norma en comentario se establecen los criterios de vinculación, propiedad directa e indirecta y grupos económicos, para efectos de su aplicación a las personas y en materias que se encuentran sujetas a la supervisión de CONASEV.

En esa línea, se considera que existe propiedad indirecta de una persona cuando la propiedad recae en otra persona natural o jurídica que tiene una participación representativa en la primera.

Vinculación se define como la relación entre dos personas naturales o jurídicas que conlleva a un comportamiento sistemáticamente concertado; la vinculación puede presentarse entre personas jurídicas, naturales o ambas.

Asimismo, grupo económico es el conjunto de personas jurídicas, cualquiera sea su actividad u objeto social, que están sujetas al control de una misma persona natural o de un conjunto de personas naturales. Por excepción, se considera que el control lo ejerce una persona jurídica cuando por la dispersión accionaria y de los derechos de voto de dicha persona jurídica, ninguna persona natural o conjunto de personas naturales ostenta más del 30% de los derechos de voto ni la capacidad para designar a más del 50% de los miembros del directorio.

Finalmente, se establece que las personas jurídicas inscritas en el Registro Público de Mercado de Valores y las que mantienen valores inscritos en dicho registro, deberán presentar a Conasev en calidad de hechos de importancia:

  1. Una breve descripción del grupo económico al que pertenecen y su posición dentro del grupo, así como una lista de las empresas más importantes del grupo.
  2. La relación de los accionistas con más del 5% de participación en el capital social, directores, gerentes y principales asesores, indicando en cada caso su participación o cargo.
  3. El listado de las personas que ejercen el control sobre el grupo económico.

La información deberá ser presentada dentro de los sesenta (60) días calendario siguiente a la entrada en vigencia del presente Reglamento. Asimismo, se dispone de un plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, para adecuarse a las normas reglamentarias del mercado de valores según resulten de la aplicación de los términos definidos anteriormente.

Mediante esta norma se deroga la Resolución Conasev N° 722-97-EF/94.10b y las disposiciones que se opongan al reglamento aprobado en el artículo 1 de la presente resolución.
 

 

HOY SE DECIDE AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO

 

El titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Carlos Almerí informó que probablemente el día de hoy el Consejo de Ministros apruebe el aumento de la Remuneración Mínima Vital (RMV).

Asimismo, comentó que el monto a aumentar estaría entre el 3.5% y el 8.5%, pero que este podría ser redondeado a 10% dependiendo de la decisión que tome el gabinete de ministros y el Presidente de la República. Además, sostuvo que este ajuste podría efectuarse a partir de enero del año 2006.


Por otro lado, manifestó que esta medida planteada por su portafolio no tendría ningún impacto negativo, sino que por el contrario produciría un mayor consumo, por lo que el mercado interno se fortalecería.

 


BANCA DE INVERSIÓN SUGIERE ELIMINAR EXONERACIONES TRIBUTARIAS AL SECTOR FINANCIERO

 

El Gobierno de la República podría eliminar las exoneraciones tributarias que goza el Sector Financiero, con el fin de reducir el Impuesto General a las Ventas (IGV), el cual se encuentra en un nivel muy elevado (19%) en comparación con el promedio regional (16%), así lo considera el Banco de Inversión Barclays Capital.


El director de estrategia de mercados emergentes del Banco de Inversión Barclays Capital, José Barrionuevo, comentó que si bien en un corto plazo el nivel del IGV ha contribuido a mejorar la recaudación tributaria, en un mediano plazo su efecto sería limitado.

Por lo que, considera que es importante mejorar la recaudación mediante la eliminación de todas las exoneraciones del Sector Financiero, es decir, aquellas que favorecen a las operaciones en la Bolsa de Valores de Lima (BVL), algunas operaciones bancarias y del sector asegurador.
 


 

PRIMERA QUINCENA DICIEMBRE 2005

 
 
Temas
 

¿En qué casos son nulos los requerimientos de fiscalización emitidos por la Sunat?

A-1

¿Cómo evitar contingencias tributarias por la deducción de gastos navideños?

A-6

¿Son retroactivas las precisiones efectuadas a una norma tributaria?

A-9

¿Son deducibles las penalidades pagadas por incumplimiento de contrato?

A-14

Consecuencias de la exclusión del régimen de buenos contribuyentes.

A-13

¿Cómo determinar el punto de equilibrio en una empresa de servicios?

B-1

NIC 12: Impuesto a la Renta.

B-4

¿Cómo se contabilizan los bloqueos de cuentas efectuados por la Sunat?

B-7

Aplicación de las notas de crédito sobre ventas sujetas a la retención del 6% por IGV.

B-8
¿Qué obligaciones laborales debe cumplir una empresa de intermediación laboral?
C-1
Beneficios laborales de un trabajador bajo el régimen de las Mypes.
C-6
Ventajas de la adquisición de una vivienda a través del programa Mivivienda.
D-1

Pasos para la instalación y realización de la Junta General de Accionistas.

E-1


 

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