Sunafil aclara diversos puntos sobre la actuación inspectiva.

La nueva directiva publicada por Sunafil sobre el ejercicio de la función inspectiva ha aclarado diversas dudas sobre las actuaciones de la inspección laboral, según expertos.Uno de los puntos que trata la directiva es la subordinación en las investigaciones del Poder Judicial al establecer que Sunafil debe archivar el procedimiento de inspección si verifica que existe un proceso judicial en curso. Para el laboralista Jorge Toyama, este aspecto es muy importante, ya que una estrategia común de los sindicatos era demandar un asunto laboral ante el Poder Judicial y a la Sunafil a la vez sin embargo, esto ya no sería posible, pues mediante esta Directiva Sunafil estaría reconociendo que el Poder Judicial pese sobre cualquier otro proceso.También se dispone que la Sunafil deberá acudir a un juez para la solicitud de la intervención policial. Al respecto, Toyama señaló que antes de la publicación de la directiva, la intervención policial era ”secreto” sin embargo, con las nuevas disposiciones se genera ”predictibilidad para las partes” y resulta positivo que se regulen plazos para actuar por parte de Sunafil para este procedimiento.Con relación al acta de infracción, se ha dispuesto que esta no puede contener hechos, fundamentos ni conclusiones distintas a las advertidas en las medidas de actuaciones inspectivas. Sobre el particular, el laboralista César Puntriano, comenta, que si se incumple esto, el superior jerárquico del inspector encargado del procedimiento deberá cerrar el procedimiento , sin perjuicio de ordenar una nueva visita inspectiva.Fecha de publicación: 07/02/2020Fuente: diario Gestión

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