Descanso médico no genera extensión de contrato a plazo fijo

El Tribunal Constitucional estableció, en el Expediente Nº 02508-2014-PA/TC, que el empleador no está obligado a renovar el contratoXNT de trabajo a plazo fijo en caso que este expire mientras el trabajador se encuentra con descanso médico. En ese sentido, la presentación de un descanso médico cuando el vínculo laboral está vigente no genera la extensión del contrato modal, pues vencido el contrato, se extingue la relación laboral.Al respecto, el abogado laboralista César Puntriano indicó que en estos casos la empresa solo podrá renovar el contrato por decisión propia si así lo desea. Indicó además que en este contexto, el único riesgo laboral derivado del cese por vencimiento del plazo convenido se presentará si el contrato se encuentra desnaturalizado, por cubrir actividades permanentes.Por último manifestó que el impedimento de cesar a un trabajador durante su descanso médico se estableció jurisprudencialmente y que es aplicado únicamente a los casos de despido justo, dado que al encontrarse el trabajador con descanso médico, le es imposible ejercer su derecho de defensa durante el procedimiento de despido, por tener suspendido el vínculo laboral.           Fecha de publicación: 08/05/2017. Fuente: Diario el Peruano.

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