LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2005
 
 
 
Boletines - Noviembre - 2005
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PRINCIPALES NORMAS DEL DÍA  

Autorizan el pago de la compensación económica a ex trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente.

 
Modifican Manual para Ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil.
 
Aprueban Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana.
 
Índices de distribución de la regalía minera correspondientes al mes de octubre de 2005.
 
Directiva para la aprobación del presupuesto del Sector Público año 2006.
 
 

NOTICIAS DEL DÍA  

Próximo jueves la Comisión de Economía aprobaría Ley del Empresariado.

 
Modifican lugar de cumplimiento de obligaciones para los principales contribuyentes de la Intendencia Regional Cusco.
 
Aprueban Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones.
 

EVENTOS CONTADORES & EMPRESAS  
Evento realizado en el Departamento de la Libertad.

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FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA

 

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AUTORIZAN EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA A EX TRABAJADORES INCLUIDOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES CESADOS IRREGULARMENTE

Dispositivo
:

Resolución Ministerial N° 371-2005-TR

Fecha de publicación 
:

Sábado 26 de noviembre de 2005

Fecha de vigencia
:

Domingo 27 de noviembre de 2005

Mediante Resoluciones Ministeriales Nºs 123 y 147-2003-TR, 177-2004-TR, 094-2005-TR y 323-2005-TR, se ha venido efectuando pagos a cuenta de los ex trabajadores comprendidos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron excluyentemente por el beneficio de la compensación económica, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.

Que, habiendo fallecido a la fecha algunos beneficiarios, corresponde autorizar el pago a quienes legalmente acrediten su derecho sucesorio, respetando la calidad de bien común del beneficio otorgado, conforme opina la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Por ello, la presente resolución autoriza el pago de la compensación económica prevista por el artículo 3 de la Ley N° 27803, a los ex trabajadores incluidos en el citado Registro que optaron por dicho beneficio y acreditaron su tiempo de servicios de acuerdo a ley, cuyos nombres figuran en el anexo de la presente resolución ministerial.

Asimismo, se dispone que dicho anexo sea publicado en la página web del MTPE: www.mintra.gob.pe/ceses, así como por las diferentes direcciones regionales de trabajo y promoción del empleo del territorio nacional.

En el caso de los beneficiarios fallecidos, el pago se efectuará al cónyuge supérstite y a los herederos, por los montos que correspondan de acuerdo a ley, conforme con la documentación remitida al MTPE.

 
 

MODIFICAN MANUAL PARA EJECUCIÓN DE LAS INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL

Dispositivo
:

Resolución Jefatural N° 440-2005-INDECI

Fecha de publicación 
:

Domingo 27 de noviembre de 2005

Fecha de vigencia
:

Lunes 28 de noviembre de 2005

Con la finalidad de adecuar el “Manual para la Ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil”, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 419-2004-INDECI, a la última modificatoria del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 074-2005-PCM (29/9/2005) y el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del INDECI, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 075-2005 PCM (2/10/2005), la norma bajo comentario introduce una serie de modificaciones, entre ellas:

  1. Inspección Técnica de seguridad en Defensa Civil de detalle.- Las inspecciones técnicas de Seguridad en Defensa de Civil – ITSDC deben ser ejecutadas solo por los órganos desconcentrados del INDECI (Direcciones Regionales de Defensa Civil) a través de un grupo inspector interdisciplinado conformado por inspectores técnicos de seguridad en Defensa Civil reconocidos y autorizados por el INDECI. La norma señala el número de profesionales que conforma el grupo inspector.
  2. Oportunidad de las inspecciones.- El propietario y/o conductor tiene la obligación de solicitar la ITSDC que corresponda a su objeto de inspección, así como cuando efectué una remodelación, ampliación, modificación o cambio de uso y/o giro del mismo.
  3. Vigencia del certificado de seguridad en Defensa Civil.- La vigencia del certificado de seguridad en Defensa Civil será de dos (2) años para todos los objetos de la ITSDC. Se deberá solicitar la renovación antes del vencimiento.
  4. Referida al incremento y/o reducción de máquinas tragamonedas y otros objetos de inspección de evaluación similar.
  5. Referida a la inspección técnica previa a eventos y/o espectáculos públicos.
  6. En el anexo 2: requisitos para solicitar una inspección técnica de seguridad en defensa civil básica y requisitos para la renovación del certificado de seguridad en defensa civil básica.
  7. En el anexo 3: requisitos para solicitar una inspección técnica de seguridad en defensa civil de detalle y requisitos para la renovación del certificado de seguridad en defensa civil de detalle.

Ver en modelos adjuntos la solicitud de inspección técnica de seguridad en defensa civil y el informe de inspección técnica en seguridad en defensa civil.

 

APRUEBAN REGLAMENTO PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN LIMA METROPOLITANA

Dispositivo
:

Ordenanza Nº 867-MML

Fecha de publicación 
:

Sábado 26 de noviembre de 2005

Fecha de vigencia
:

Domingo 27 de noviembre de 2005

Mediante la norma en comentario se aprueba el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana.

Dicha ordenanza tiene como objetivo establecer el marco normativo para que la Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales de su jurisdicción, promuevan la inversión privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico y sostenible de la provincia de Lima.

Asimismo, queda derogada la ordenanza Nº 098-MML, los artículos 1, 2, 3 y 5 de la ordenanza Nº 381-MML, así como también todas las demás disposiciones legales y administrativas que se opongan a lo señalado en la presente norma.

 

ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DE LA REGALÍA MINERA CORRESPONDIENTES AL MES
DE OCTUBRE DE
2005

Dispositivo
:

Resolución Ministerial Nº 596-2005-EF/15

Fecha de publicación 
:

Sábado 26 de noviembre de 2005

Fecha de vigencia
:

Domingo 27 de noviembre de 2005

Mediante la norma en comentario se aprueban los índices de distribución de la regalía minera, correspondientes al mes de octubre de 2005, aplicables a los gobiernos locales, gobiernos regionales y universidades nacionales del país beneficiados con dicha regalía, según el anexo adjunto.

 

DIRECTIVA PARA LA APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO AÑO 2006

Dispositivo
:

Directiva Nº 017-2005-EF/76.01

Fecha de publicación 
:

Domingo 27 de noviembre de 2005

Fecha de vigencia
:

Lunes 28 de noviembre de 2005

Mediante la Directiva citada se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de las entidades de tratamiento empresarial para el año fiscal 2006, la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos técnicos y procedimientos necesarios que orienten el proceso de aprobación de dicho presupuesto.

Esta Directiva es de aplicación a las entidades de tratamiento empresarial, las cuales son unidades económicas productoras, comercializadoras o prestadoras de bienes y servicios sobre las que el Sector Público ostenta la propiedad del capital social o fondo patrimonial, la capacidad de controlar la gestión o la capacidad de nombrar mayoritariamente a sus órganos de dirección.

 

 

PRÓXIMO JUEVES LA COMISIÓN DE ECONOMÍA APROBARÍA LEY DEL EMPRESARIADO

 

El presidente de la Comisión de Economía del Congreso de la República, Jesús Alvarado, manifestó que el próximo jueves se estaría aprobando la Ley del Empresariado, así como también diversas leyes que tengan como fin prorrogar exoneraciones tributarias del IGV e ISC para productos de primera necesidad que se renuevan cada año.

Asimismo, se revisarán los informes relacionados con el tema de la minera Barrick, y el de la comisión encargada de proponer la reforma tributaria.

Con respecto a la Ley del Empresariado, señaló que dicha propuesta tiene como finalidad la creación de un Fondo Empresarial orientado a generar patrimonios autónomos administrados por terceros y que estos puedan servir como garantías.

Asimismo, remarcó que las más beneficiadas con esta ley serían las pequeñas y medianas empresas, ya que no cuentan con un fácil acceso al financiamiento.
 

MODIFICAN LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PARA LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA INTENDENCIA REGIONAL CUSCO

 

El sábado último en el diario oficial El Peruano, se publicó la Resolución de Superintendencia Nº 241-2005/SUNAT, a través de la cual se sustituye el lugar de cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales para que los principales contribuyentes de la Intendencia Regional Cusco, que se encuentran comprendidos en el anexo adjunto, cumplan con iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos así como todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la Sunat.


Dependencia

Anexo Nº

Lugar de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales

Intendencia Regional Cusco

13

Av. 26 de Diciembre Nº 157, distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios.


Dicha norma entrará en vigencia a partir del 28 de noviembre de 2005.

 


APRUEBAN NORMAS TÉCNICAS DEL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES

 

Mediante Resolución Ministerial Nº 290-2005-VIVIENDA, publicada el sábado 26 de noviembre en el diario oficial El Peruano, se aprueba sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones-RNE.

Asimismo, se autorizará la publicación del texto del Reglamento Nacional de Edificaciones en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), a fin de que la ciudadanía tome conocimiento de su contenido.


Dicho dispositivo entrará en vigencia a los ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación.

 

 

PRIMERA QUINCENA NOVIEMBRE 2005

 
   
Pág.
¿Qué hacer cuando la Sunat embarga las cuentas de la empresa?
A-1
Consecuencias de no usar los medios de pago establecidos en la Ley de Bancarización.
A-4
Retención de renta de 5ª categoría sobre remuneración principal variable.
A-10
Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta para contribuyentes ubicados en la Amazonía.
A-11

Solicitud de libre disposición de los montos depositados como detracción.

A-13

Cierre de la contabilidad de costos en una empresa que aplica un costeo estándar.

B-1
Tratamiento de la NIIF 5: Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas.
B-3
Tratamiento laboral de los trabajadores de dirección y de confianza.
C-1
Pasos para el nombramiento de los representantes legales de una empresa.
E-1
Nuevo procedimiento de despacho de exportación definitiva.
F-1
Situaciones permitidas para la contratación de familiares en el Sector Público que no califican como nepotismo.
G-1


 

Av. Angamos Oeste Nº 526 - Miraflores - Lima / Perú 
Teléfonos: 444-9246 / 446-1787 / Telefax: 241-2323 

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