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SISTEMA METROPOLITANO DE LA SOLIDARIDAD EMITIRÁ Y ENTREGARÁ CREDENCIALES A CONDUCTORES DE TRANSPORTE REGULAR Y NO REGULAR DE PERSONAS
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Dispositivo |
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Decreto de Alcaldía Nº 091-MML
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Fecha de publicación |
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Jueves 24 de noviembre de 2005
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Fecha
de vigencia |
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Viernes 25 de noviembre de 2005
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Mediante la norma en comentario se establece que a partir de la vigencia del presente Decreto de Alcaldía, el Sistema Metropolitano de la Solidaridad (SISOL) emitirá y entregará las credenciales a los conductores de transporte regular y no regular de personas, incluyendo el transporte escolar y en la modalidad de taxi metropolitano.
A su vez, determina que las evaluaciones clínicas y psicológicas para otorgar las credenciales expedidas o por expedir para los conductores del servicio público de transporte de pasajeros, tendrán una vigencia de tres (3) años, contados a partir de la fecha de su realización.
Asimismo, para el cumplimiento del requisito de la licencia de conducir, bastará con presentar copia simple de dicha credencial. En cuanto al cumplimiento del requisito de haber aprobado el curso de educación vial será fiscalizado en forma posterior por la Gerencia de Transporte Urbano.
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LAS EMPRESAS PODRÁN SER ENJUICIADAS SI REALIZAN ACTOS DISCRIMINATORIOS
EN OFERTAS LABORALES
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Mediante una sentencia casatoria, emitida en una acción civil de indemnización por daños y perjuicios, la Corte Suprema ha fallado a favor de un postulante a un puesto de trabajo de abogado en EsSalud quién superaba la edad máxima establecida por esta entidad.
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Al respecto, los especialistas en este tema, han manifestado que ninguna oferta laboral puede tener requisitos subjetivos, tales como: edad, sexo, universidad de origen, buena presencia, fotografía o lugar de residencia, ya que dejaría abierta la posibilidad de demandas de este tipo por ser considerados discriminatorios.
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REGIÓN SAN MARTÍN RECIBIRÁ S/.45 MILLONES POR NO TENER
EXONERACIONES TRIBUTARIAS
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A consecuencia de la eliminación de los beneficios y exoneraciones tributarias, el Gobierno Central decidió otorgar una transferencia de S/.45 millones anuales a favor de la Región San Martín.
Dicha transferencia se encuentra sustentada por el reglamento de la Ley Nº 28575, Ley de Inversión y Desarrollo de la Región San Martín y eliminación de exoneraciones e incentivos tributarios (D.S. Nº 154-2005-EF), que fuera publicado el día de ayer en el diario oficial El Peruano, el cual regula también la utilización de los recursos que se le transfieran al mencionado gobierno regional, a fin de incrementar la inversión pública y el mantenimiento de la infraestructura de esa instancia ejecutiva.
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ESTABLECEN PLAZO PARA LA PRÓRROGA DE LICENCIAS DE LAS AGENCIAS MARÍTIMAS, FLUVIALES Y LACUSTRES, EMPRESAS Y COOPERATIVAS DE ESTIBA Y DESESTIBA
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Mediante la Resolución de Presidencia de Directorio Nº 112-2005-APN/PD emitida por la Autoridad Portuaria Nacional y publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se establece que hasta el 31 de enero de 2006, se podrá presentar las solicitudes de las solicitudes y la documentación para la prórroga de las licencias de las agencias marítimas, fluviales, lacustres, empresas y cooperativas de estiba y desestiba, para continuar ejerciendo sus actividades para el periodo anual 2006.
Asimismo, se aprueban los formatos OPS 10 y OPS 11 , en los cuales las referidas agencias, empresas y cooperativas de estiba y desestiba deberán consignar bajo la condición de Declaración Jurada, la información anual de las actividades desarrolladas durante el año 2005; dichos formatos deberán ser enviados por vía electrónica y/o documentariamente. |
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PRIMERA QUINCENA NOVIEMBRE 2005
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Pág. |
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¿Qué hacer cuando la Sunat embarga las cuentas de la empresa? |
A-1 |
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Consecuencias de no usar los medios de pago establecidos en la Ley de Bancarización. |
A-4 |
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Retención de renta de 5ª categoría sobre remuneración principal variable. |
A-10 |
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Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta para contribuyentes ubicados en la Amazonía. |
A-11 |
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Solicitud de libre disposición de los montos depositados como detracción. |
A-13 |
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Cierre de la contabilidad de costos en una empresa que aplica un costeo estándar. |
B-1 |
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Tratamiento de la NIIF 5: Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas. |
B-3 |
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Tratamiento laboral de los trabajadores de dirección y de confianza. |
C-1 |
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Pasos para el nombramiento de los representantes legales de una empresa. |
E-1 |
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Nuevo procedimiento de despacho de exportación definitiva. |
F-1 |
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Situaciones permitidas para la contratación de familiares en el Sector Público que no califican como nepotismo. |
G-1 |
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