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MODIFICAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “GARANTÍAS DE ADUANAS OPERATIVAS”
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Dispositivo |
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Resolución Nº
557-2005/SUNAT/A
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Fecha de publicación |
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Viernes 25 de noviembre de 2005
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Fecha
de vigencia |
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Sábado 26 de noviembre de 2005
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Mediante la norma en comentario, se modifica la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 522-2005/SUNAT/A publicada el 11 de noviembre de 2005, que aprobó el procedimiento específico denominado “Garantías de Aduanas Operativas” IFGRA-PE.13 (versión 2).
Entre las principales modificaciones tenemos:
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Se precisa que en la vía aérea, el número de declaración de la garantía nominal se puede sustituir por el número de documento de transporte o factura.
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Para la renovación de las garantías nominales de las declaraciones de importación temporal presentadas por las empresas contempladas en la Ley de Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo, no será necesario que el deudor tributario registre deudas exigibles en la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
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PRECISAN TRÁMITE PARA LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN ADUANERO DE EXPORTACIÓN AL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA HACIA EL EXTERIOR
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Dispositivo |
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Circular Nº
028-2005/SUNAT/A
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Fecha de publicación |
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Viernes 25 de noviembre de 2005
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Fecha de vigencia |
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Lunes 5 de diciembre de 2005
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Mediante la norma citada se precisa el trámite a seguir para la aplicación del régimen aduanero de exportación al suministro de energía eléctrica hacia el exterior.
Entre los puntos más importantes tenemos:
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El Ministerio de Energía y Minas será el encargado de autorizar los lugares habilitados para la salida de energía eléctrica hacia el exterior; previo inicio de las operaciones, la autorización deberá ser comunicada a la intendencia de aduana de la circunscripción.
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En el caso de exportaciones realizadas bajo el ámbito del Reglamento de Importación y Exportación de Electricidad, el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) será considerado como exportador.
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Para la exportación de energía eléctrica, el exportador o despachador de aduana deberá tener en cuenta:
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La Declaración Única de Aduanas (DUA) de exportación con datos provisionales o la Declaración Simplificada de Exportación (DSE), deberán contener la totalidad de exportaciones de energía eléctrica que se efectúan a un mismo destinatario en cada mes calendario.
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Previo inicio del suministro de energía eléctrica, el exportador o despachador de aduana deberá transmitir la información de la DUA - Exportación con datos provisionales o de la DSE.
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La regularización de la exportación, se realizará dentro del plazo de quince (15) días hábiles computados a partir del día siguiente del último día de cada mes calendario.
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El exportador o despachador de aduana deberá regularizar la DUA - Exportación, presentando la factura en la que conste la cantidad de energía eléctrica suministrada en el periodo facturado.
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TASA ITF DE 0.08% SE MANTENDRÁ HASTA DICIEMBRE DE 2006
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En la sesión de ayer del Pleno del Congreso de la República, se aprobó la Ley de Equilibrio Financiero, la Ley de Endeudamiento Público y el Presupuesto General del Sector Público para el año 2006.
Como parte de la aprobación de las leyes antes referidas, en particular la de Equilibrio Financiero y la del Presupuesto Público, se decidió mantener la tasa del ITF en 0.08% hasta diciembre del próximo año.
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A su vez, se comunicó que los mayores fondos recaudados por este Impuesto, de mantenerse su tasa, serán destinados a incrementos salariales de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales.
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SE AGILIZARÁN TRÁMITES PARA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS
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El jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática de la Presidencia del Consejo de Ministros, Rafael Muente, manifestó que el gobierno está trabajando en un proyecto de integración entre la Sunat y la Sunarp, a fin de facilitar y acelerar el proceso de constitución de empresas; a través de la Internet.
Esta medida plantea que el interesado solo lleve la minuta al notario, el cual en un tiempo muy corto le devuelve la escritura que certifica la constitución de la empresa, con el RUC y todos los demás trámites. |
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Asimismo, se está desarrollando un portal de servicios empresariales, que permitirá realizar los trámites para la constitución de empresas, incluyendo las licencias de funcionamiento, la plataforma de red transaccional del Estado, la creación de una cámara de compensación de datos electrónicos del Estado y un sistema de firmas electrónicas y certificados digitales del Estado; como también la creación de una ventanilla única de información la cual permitirá a los ciudadanos facilitar sus transacciones.
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PRIMERA QUINCENA NOVIEMBRE 2005
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Pág. |
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¿Qué hacer cuando la Sunat embarga las cuentas de la empresa? |
A-1 |
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Consecuencias de no usar los medios de pago establecidos en la Ley de Bancarización. |
A-4 |
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Retención de renta de 5ª categoría sobre remuneración principal variable. |
A-10 |
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Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta para contribuyentes ubicados en la Amazonía. |
A-11 |
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Solicitud de libre disposición de los montos depositados como detracción. |
A-13 |
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Cierre de la contabilidad de costos en una empresa que aplica un costeo estándar. |
B-1 |
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Tratamiento de la NIIF 5: Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas. |
B-3 |
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Tratamiento laboral de los trabajadores de dirección y de confianza. |
C-1 |
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Pasos para el nombramiento de los representantes legales de una empresa. |
E-1 |
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Nuevo procedimiento de despacho de exportación definitiva. |
F-1 |
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Situaciones permitidas para la contratación de familiares en el Sector Público que no califican como nepotismo. |
G-1 |
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