Tribunal Constitucional: la SUNAT no puede cobrar el impuesto a la renta por ganancia de capital cuando ese ingreso se derive de un proceso expropiatorio

El Tribunal Constitucional (TC), precisó que la Sunat no puede cobrar  el Impuesto a la Renta por ganancia de capital cuando ese ingresoXNT se derive de un proceso de expropiación, disponiendo que el ente recaudador deberá realizar la devolución por Impuesto a la Renta de más de S/. 16 millones.Este fallo se produjo en el Exp. N° 00319-2013-PA-TC, proceso de amparo interpuesto por la Sociedad Agrícola San Agustín S.A. a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), por la supuesta ganancia de capital generada por la indemnización justipreciada recibida por el Fundo San Agustín. Fuente: Diario GestiónFecha: 25.03.2014

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