Trabajadores de confianza no están afectos a una indemnización por despido arbitrario

Mediante Casación N° 16378-2016-Lima la Corte Suprema ratificó el criterio adoptado en el VII Pleno Jurisdiccional en Materia Laboral, en el que estableció que aquellos trabajadores que ingresaron directamente a un cargo de confianza o de dirección no le corresponden el pago de indemnización por despido arbitrario.En ese sentido, en el caso concreto, se determinó que desde el inicio el trabajador efectuó cargos de confianza y su cese se efectuó por el retiro de ella, el cual no equivale a un despido arbitrario. Asimismo, la sentencia detallo que es decisión del empleador de calificar la permanencia o no de la confianza inicialmente otorgada al trabajador por lo que no se produce efectuar el otorgamiento de la indemnización.Por último, el abogado laboralista Cesar Puntriano, refirió que las empresas podrán desvincular por retiro de confianza a los gerentes o quienes hayan ocupado un cargo de confianza desde el inició de labores sin estar obligadas al lado de una indemnización legal por despido.Fecha de publicación: 10/06/2019Fuente: diario Gestión.

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