Sunat aprobó régimen de gradualidad para empresas de servicio de entrega rápida

La Administración Tributaria a través de la Resolución de Superintendencia N° 169-2016/Sunat aprobó un régimen de gradualidadXNT para las multas impuestas a las empresas de servicio de entrega rápida por infracciones aduaneras.Este beneficio es aplicable a las sanciones de multa correspondientes a las infracciones tipificadas en el numeral 3 del inciso f) y numeral 1 del inciso h) del artículo 192 de la Ley General de Aduanas.Para acogerse al régimen de gradualidad se deberá cancelar la multa rebajada en un 95 % además de los intereses calculados sobre el monto rebajado hasta la fecha de la cancelación, sin embargo, no podrán acogerse a este régimen, aquellos infractores que se acojan al  régimen de incentivos prevista en la citada Ley.Tampoco se aplicará el régimen de gradualidad cuando la multa haya sido apelada o cancelada, en cuyo caso no existe el derecho a devolución.Fecha: 12. 07.2016Fuente: Diario Oficial El Peruano

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