Proyecto de Ley que autoriza la disposición extraordinaria de los depósitos por Compensación de Tiempo de Servicios

Mediante el Proyecto de Ley Nº 7358/2023-CR, presentado al Congreso de la República el día 21 de marzo de 2024, se plantea autorizar a los trabajadores[1], hasta el 31 de diciembre del 2025, a disponer libremente del cien por ciento (100%) de los depósitos por CTS, con el objetivo de cubrir las necesidades económicas producidas por los impactos del Fenómeno Costero, FEN Global 2023, la inestabilidad política, convulsión social y crisis mundial.

Sobre el particular, es importante señalar que el retiro de los depósitos a los que se refiere este PL, mantiene su condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación contractual o legal, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden administrativa o judicial, sin distinción de la cuenta en la que hayan sido depositados.

Asimismo, lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones convencionales o judiciales derivadas de deudas por alimentos, hasta un máximo del 30% de lo retirado.

Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 7358/2023-CR en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/3jnuvtwj  

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 25/03/2024


[1] Comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobada por Decreto Supremo No 001-97-TR.

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