Los OSE están prohibidos de violar la reserva tributaria de los contribuyentes

Ante la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Colegios de Contadores Públicos del Perú, en contra de la norma que obligará a las empresas a contratar a un Operador de Servicios Electrónicos (OSE) para validar sus comprobantes de pago electrónicos, la OSE Transporte Confidencial de Información (TCI) aclaró que, según la normativa de Sunat, estas compañías están prohibidas de violar la reserva tributaria de los contribuyentes y usar esa información para fines propios.TCI refirió que la Resolución de Superintendencia N.º 117-2017/Sunat estableció sanciones para las OSE en caso incumplan la norma. En este caso, el no guardar la reserva tributaria de la información obtenida al realizar su labor como OSE calificaría como una infracción de tipo muy alta, siendo sancionada con el retiro como OSE por tres años.Fuente: diario GestiónFecha de publicación: 01.03.2019

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