Trabajador debe probar que no gozó de sus vacaciones

La Corte Suprema ha esblecido en la Casación Laboral Nº 06125-2016 Lima, que las boletas de pago correspondientes a los descansos vacacionalesXNT sin firma del trabajador no sirven para acreditar que este laboró en forme efectiva en esos periodos ni para demostrar que no gozó del beneficio o para sustentar que lo gozó extemporáneamente.Según la Corte, el trabajador debe aportar los medios probatorios suficientes que permitan inferir que realizó labor efectiva en su respectivo centro de trabajo durante el período vacacional o que gozó de sus vacaciones extemporáneamente. Por ende, si el trabajador no presenta esas pruebas, de ninguna manera le correspondería el pago de una indemnización vacacional.   Asimismo, se estableció que no puede otorgarse una indemnización vacacional a un trabajador con el argumento de no haber suscrito las boletas de pago correspondientes a sus descansos vacacionales y en las que conste incluso el abono de una remuneración adicional por vacaciones.Según el abogado el laboralista Jorge Toyama Miyagusuku, lo importante en este caso es que la Suprema considera que la realidad material debe prevalecer siempre sobre la formalidad, esto a pesar de que el empleador tiene una obligación de fondo consistente en pagar las vacaciones y el deber formal de mostrar las boletas de pago de los descansos vacacionales de sus trabajadores debidamente firmadas por ellos. Fecha de publicación: 06/08/2017.Fuente: diario El Peruano.

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