Sunat: Los gastos por alquiler pueden ser deducidos por copropietarios y cónyuges

Fuentes de la Sunat señalaron que los trabajadores dependientes e independientes, además de deducir anualmente 7 UIT, podrán incluir en sus deducciones los gastos de alquiler de viviendas e intereses de créditos hipotecarios de su primera vivienda, los cuales no pueden exceder 3UIT.De igual manera se indicó que los gastos por intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda, efectuados en copropiedad, se asignarán a la persona a la cual se emitió el comprobante de pago, salvo que se comunique a la Sunat que se asignará la cuota correspondiente a cada uno de los propietarios de la vivienda. Esta comunicación se realiza a través de Sunat virtual y el plazo vence el 15 de febrero.Fecha: 09/02/2018Fuente: diario Gestión

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