Sunafil determina plazos para las inspecciones en Seguridad y Salud en el Trabajo

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) estableció, mediante la Directiva Nº 002-2016-SUNAFIL/INII, que la fiscalizaciónXNT en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST) no podrá ser mayor a 30 días hábiles. En caso de ampliación de órdenes de inspección, sumados al plazo original de la orden inspectiva en SST tampoco podrá ser mayor a 30 días hábiles. Asimismo, las investigaciones de comprobación o comprobatorias deberán iniciarse preferentemente con visita de inspección y dentro de 10 días hábiles. En caso de accidente de trabajo mortales y/o enfermedades ocupacionales que fueran denunciados o derivados de los reportes del sistema de accidentes de trabajo (SAT) u otra que requieran urgencia, serán atendidas el mismo día de recibida la orden. Fecha de publicación: 05/05/2016Fuente: Diario El Peruano.

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