Suspensión Perfecta: Proponen otorgar indemnización a trabajadores afectados

Congresista de Juntos por el Perú propone que trabajadores sujetos a suspensión perfecta reciban una indemnización del 50% de su sueldo por el salario no percibido durante el periodo de emergencia sanitaria. Más detalle aquí.

Isabel Cortez Aguirre, congresista de Juntos por el Perú, presentó proyecto de ley que busca disponer medidas para garantizar los derechos de los trabajadores afectados por las disposiciones laborales durante la pandemia. 

Así, trabajadores incluidos en el proceso de suspensión perfecta tendrían derecho a una indemnización equivalente a la mitad del monto dejado de percibir cuando la suspensión es dejada sin efecto por la autoridad correspondiente. Asimismo, se prohíbe que los empleadores amplíen el periodo de suspensión perfecta.

Cabe recordar que el Gobierno anunció que la suspensión perfecta de labores a causa de la emergencia sanitaria tendrá fin este 2 de octubre. Lo cual significa que todos los trabajadores que se encuentran en suspensión perfecta por motivos de la pandemia podrán retornar a sus labores el 2 de octubre.

El proyecto agrega que los trabajadores que realizan labores en modalidad de trabajo remoto pasen inmediatamente a la modalidad de teletrabajo. De igual forma, se podrá disponer de la licencia de goce de haber en caso de necesaria protección de la salud del trabajador.

Por otro lado, señalan que los beneficios laborales y conceptos remunerativos que fueron negociados o reducidos por la emergencia sanitaria podrán ser reajustados a solicitud de parte.

Por último, se condonará las horas adeudadas a los trabajadores que realizan labores de cuidado de hijos y se reducirá a la mitad para trabajadores del grupo de riesgo. De igual modo, se prohíbe incluir en la liquidación de horas de trabajo adeudadas a causa de las disposiciones en el marco de la emergencia sanitaria, por lo que serán condonadas.

¿Inconstitucionalidad de la posible norma? 

Ahora, si la norma es aprobada tal cual se ha presentado su texto original, especialistas señalan que sería inconstitucional. 

En principio, Jorge Toyama señaló que la obligación del pago de la mitad del sueldo como indemnización sería una aplicación retroactiva de una disposición no estaba contemplada en la norma que permitía optar por la suspensión perfecta. Así, se contravendría la prohibición de retroactividad de las normas contemplado en el artículo 103 de la Constitución.

Por otro lado, la prerrogativa de paso inmediato a teletrabajo afectaría el poder de dirección y organización del empleador. Así, señala Katy Noriega, los empleadores no podrían evaluar cuál si es eficiente el trabajo de manera virtual de casi la mayoría de sus trabajadores, lo que podría impactar en los resultados de la actividad.

Lea el proyecto de ley AQUÍ.

Fuente: La Ley

Fecha: 23/09/2021

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