Sunafil cuestiona validez de autorización para brindar servicios de intermediación

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), en la Resolución de Intendencia Nº 162-2018-Sunafil/ILM, cuestionó la validez de la autorización otorgada por el Ministerio de Trabajo a una empresa para brindar servicios complementarios a las empresas o de intermediación laboral, y declaró la contratación directa de los trabajadores con la empresa que recibía los servicios complementarios de digitación.La Sunafil considera que la autorización otorgada por el Ministerio no brinda una autorización amplia a todo tipo de servicios complementarios, sino que debe analizarse caso por caso. En tal sentido, en la fiscalización se concluyó que no podía corresponder a la actividad principal de la empresa en donde se realizaban estos servicios de digitación y se determinándose la existencia de una relación laboral directa.Según el abogado laboralista, Jorge Toyama, dicha decisión es acertada, ya que la autorización del Ministerio no es una “patente de corso” para brindar todo tipo de servicios de actividades complementarias. Si la actividad principal de la empresa coincide con el servicio de intermediación que se brinda, esta autorización está desnaturalizada.Fecha de publicación: 26/11/2018Fuente: diario Gestión

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