Sunafil constatará que política igualitaria remunerativa sea debidamente informada

La versión 2 del Protocolo N° 004-2019-Sunafil/ INII establece que el inspector de la Sunafil verificará que la política salarial de los centros de trabajo sea debidamente informado al personal, ya sea mediante reuniones colectivas, comunicaciones escritas o digitales, con detalles de la misma.En ese sentido, dicho protocolo dispone que la comunicación de la referida política debe ocurrir al ingreso del trabajador, cuando se produzca un cambio en su categoría ocupacional, o se produzca un cambio en el esquema de remuneración que se aplique según la política salarial. En esa misma línea, el abogado especialista, Cesar Puntriano, refirió que no se exige comunicar el cuadro de categorías pero si la política salarial.Por otro lado, se establece que el inspector verificará que las denuncias indiquen la relación de los hechos, circunstancias de tiempo, lugar y modo para constatarlos, además de presuntos autores involucrados precisando el tiempo y cargo del autor referentes de a quienes se realiza la comparación por la supuesta discriminación.Además, si el inspector detectara diferencias salariales entre el trabajador afectado y un trabajador referente podrá validar criterios objetivos como antig&uumledad, desempeño, negociación colectiva, entre otros.Fecha de publicación: 22/07/2019Fuente: diario El Peruano

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