El tribunal constitucional aclara que el precedente vinculante no desprotege los derechos de los trabajadores

El Tribunal Constitucional rechazó que exista una aplicación retroactiva del precedente vinculante sobre las nuevas reglas paraXNT los procesos de amparo contra entidades de la administración pública, que desproteja los derechos de los trabajadores. Además, el TC señalo que una consecuencia lógica del citado precedente,  vinculante para todos los operadores jurídicos, es que en cada institución pública se deberán actualizar los respectivos cuadros de asignación de personal.Según la principal de esas reglas, en los procesos de amparo contra la administración pública, en los que se pretenda la reposición a plazo indeterminado por desnaturalización de un contrato de trabajo temporal o contrato civil, deberá verificarse que se haya realizado un concurso público de méritos respecto a una plaza presupuestada y vacante de duración indeterminada antes de ordenar la reposición.Decisión que no implica la eliminación de la reposición como forma de reparación contra el despido arbitrario.Otra consecuencia lógica que preciso el organismo constitucional, es que se tendrá que realizar las gestiones necesarias para la extensión del número de plazas presupuestadas y de duración indeterminada que se requiere en cada institución estatal, lo cual deberá ser considerado en la respectiva Ley de Presupuesto General de la República.Finalmente, se reafirma que el precedente mencionado cumple con los requisitos para ser vinculante y que es firmado por 5 miembros del colegio.Fecha de publicación: 13.07.2015Fuente: Diario El Peruano

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