Dictan importantes acuerdos en materia laboral

La Corte Suprema ha establecido nuevos acuerdos laborales en el VI Pleno Laboral, fijándose siete criterios obligatorios para los jueces laborales.XNT  Según uno de los criterios, las empresas siempre serán responsables por cualquier evento dañoso para la vida o salud de sus trabajadores. Así también, se estableció que el empleador podría hacer pagos de daños punitivos, cuando niegue la relación laboral, no asegure al trabajador o no le brinde auxilio inmediato. Por otro lado, en cuanto a los procesos judiciales sobre pensiones, el pleno considera que en las demandas sobre el reconocimiento de las pensiones, los jueces deberán incluir el pago de los intereses legales en su sentencia, aun cuando no se solicite en la demanda. Se estableció también las condiciones para percibir el derecho de pago de bonificaciones especiales del Decreto Ley Nº 20530 relacionadas a los Decretos de Urgencia Nº 090-96 073-97 y 011-99. Así mismo, se legitima a los herederos de los trabajadores con derecho a pensión, para que puedan requerir los reclamos a nivel administrativo o judicial respecto al reconocimiento, nivelación o actualización pensiones.Otro acuerdo importante, es sobre el cálculo de los plazos de caducidad para la demanda de indemnización por despido arbitrario, estableciéndose que para este caculo no se incluirá los días que el poder judicial se encuentre en huelga y no exista funcionamiento del local judicial.Según el penúltimo acuerdo, se aplicará el régimen laboral especial de  construcción civil a los trabajadores de las entidades del Estado que realicen obras que tengan carácter eventual. Este criterio no se aplicará cuando se trate de obras menores de naturaleza permanente. Y por último, se indicó que los Serenazgos y la Policía Municipal se regirán por el sector privado. Fecha de publicación: 21/12/2017Fuente: diario Gestión.

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0
Leave a Comment