Al inscribirse en el RUC se deberá proporcionar de manera obligatoria una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil

Mediante Proyecto de Resolución de Superintendencia emitido por la Administración Tributaria se establece que para la inscripciónXNT en el Registro Único del Contribuyente ( RUC) se deberá proporcionar de manera obligatoria una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil, a efectos de generar una comunicación más personalizada con los contribuyentes y/o responsables y otros obligados a inscribirse en el Registro Único del Contribuyente (RUC), asimismo la administración tributaria señaló que dicha medida tiene su fundamento en  el uso masivo de la telefonía móvil y del internet.Por otro lado, respecto del domicilio fiscal o establecimientos anexos que se declaren en el RUC deberán ser sustentados con la documentación correspondiente, adicionalmente y con el objetivo de otorgar mayores facilidades a los contribuyentes y/o responsables y otros obligados a inscribirse en el RUC, la administración tributaria ha estimado oportuno incluir documentos adicionales, de manera opcional, que podrán ser utilizados por los contribuyentes para sustentar su domicilio fiscal o sus establecimientos anexos como recibo de agua, luz, telefonía fija, telefonía celular, internet, gas natural, televisión por cable o estados de cuenta de entidades bancarias y financieras supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.Asimismo, la administración tributaria destaca que, los mencionados documentos deben ser emitidos por la entidad acreditada ante el organismo supervisor correspondiente, por ende no se aceptará documentos emitidos de forma virtual, debiendo contener de manera expresa la dirección completa de dicho domicilio.Por otra parte, en caso de que el mencionado documento que sustente el domicilio fiscal figure a nombre de un tercero, éste deberá autorizar su uso a través del formato “Autorización de uso de documento de tercero para declarar domicilio fiscal o establecimiento anexo”, aprobado para dicho efecto, adicionalmente, se adjuntará al trámite fotocopia simple del documento de identidad del tercero. 

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