Tribunal Fiscal se pronuncia respecto de la determinación sobre base cierta en el IGV y el Impuesto a la Renta

Según acuerdo de sala plena 09-2016, suscrito el 25 de mayo de 2016 se establece el siguiente criterio de observancia obligatoriaXNT, próximo a publicarse:“Para efectos de determinar sobre base cierta el Impuesto a la Renta (IR) y el Impuesto General a las Ventas (IGV), no será suficiente por si sola la información obtenida por la Administración Tributaria, a partir de los depósitos efectuados en la cuenta de detracciones del deudor tributario”.Fuente: Portal Web Tribunal Fiscal

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