Parlamento Nacional: Sunat podrá disponer de bienes decomisados para remate o destrucción

Con 113 votos a favor la Representación Nacional aprobó, por unanimidad, el texto sustitutorio que autoriza a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) a disponer de bienes y mercancías en situación de abandono legal y voluntario, incautados o decomisados, provenientes de acciones de control, para que se puedan adjudicar, rematar, destruir o entregar al sector competente, según su naturaleza o estado de conservación.

La propuesta fue sustentada por la presidenta de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, Rosangella Barbarán (FP).

La autora de la iniciativa, la legisladora Silvia Monteza Facho (AP) afirmó que en los 34 almacenes que posee la Sunat en todo el país, existen casi 10 mil toneladas de mercancía incautada, lo que requiere una inversión anual de 34 millones de soles por concepto de alquiler, además de los gastos correspondientes a vigilancia, embalaje y el salario del personal administrativo. 

Es por esta razón que la disposición de los bienes no solo beneficiará a miles de peruanos, sino que significará un ahorro para el Estado.

Por su parte, la congresista María Acuña Peralta (APP) solicitó que se acumule el Proyecto de Ley N.º 4675, de su autoría, y resaltó que los materiales se deterioran en los almacenes aduaneros y pierden su valor, en lugar de ser derivados a gobiernos locales que carecen de recursos y requieren de la logística necesaria para atender a su población.

En un inicio, la propuesta indicaba que la iniciativa tenga una vigencia de tres años, sin embargo, a propuesta de los congresistas Eduardo Salhuana (APP), Guido Bellido (PB), Ruth Luque (CD-JP) y otros más, se estableció la vigencia permanente.

Asimismo, el congresista Héctor Ventura (FP) solicitó que la futura norma pueda aplicarse a los bienes incautados antes del 1 de enero del 2023, ampliando el plazo propuesto inicialmente, lo cual fue aceptado por la presidenta de la comisión, Rosangella Barbarán (FP).

La futura norma advierte que, de disponer la devolución de la mercancía al dueño original, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas efectuará el pago del valor de la misma, determinado en el avalúo, más los intereses legales correspondientes calculados desde la fecha de su valoración.

Fuente: Diario El Peruano

Fecha: 13/04/2023

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