Pago de tributos se podrá efectuar con documentos virtuales

En aplicación de la R. S. N° 085-2020/Sunat.Las empresas que ejecutan obras por impuestos, así como los productores o importadores bajo el ámbito del Fondo para la Estabilización de Precios de Combustibles, podrán pagar sus deudas tributarias con los certificados y los documentos cancelatorios-tesoro público (DCTP) electrónicos, mediante el servicio &lsquoMis declaraciones y pagos&rsquo.Esto en aplicación de la R. S. N° 085-2020/Sunat, que aprueba disposiciones para que los contribuyentes paguen la deuda tributaria declarada o contenida en valores con documentos valorados electrónicos, afirmó la experta Llanet Gaslac al detallar la norma.De acuerdo con la resolución, el contribuyente deberá ingresar a este servicio por medio de Sunat Operaciones en Línea y acceder a la opción &lsquoPago con documentos valorados&rsquo (Formulario Virtual N° 1671).Luego registrará el tipo de documento valorado por utilizar, la deuda a pagar, los documentos valorados y el importe del pago.Se generará la constancia de pago como confirmación de haberlo efectuado, que podrá ser impresa, descargada o enviada al e-mail señalado.Así, se facilita el uso de estos documentos para el pago de las deudas en esta coyuntura del covid-19, aseveró.ImpactoMedida adoptada por la Sunat contribuye a la reactivación económica de las empresas y al mantenimiento de la cadena de pago, manifestó la tributarista del estudio Rebaza. Fecha de publicación: 24/05/2020Fuente: Diario El Peruano

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