Las empresas de seguros son agentes retenedores del aporte de cargo de los pensionistas

El 5 de noviembre de 2013 la Sunat emitió la Carta N° 155-2013-SUNAT/200000, en relación al nuevo modelo de licitación conjunta delXNT Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (Seguro Previsional) que será financiado mediante pólizas de seguros colectivas.Al respecto, la administración tributaria señala lo siguiente:De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52° del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones,  según  texto  modificado  por  la  Ley  N.°  29903,  la  prestación  del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio en el Sistema Privado de Pensiones,  denominado  seguro  previsional,  es  otorgado  por  las  empresas  de seguros,  bajo  la  modalidad  de  licitación  pública por lo tanto  dichas  empresas  tendrán  la calidad de agentes retenedores del aporte de cargo de los pensionistas, debiendo cumplir  con  la  declaración  y  el  pago  del  aporte  al  ESSALUD,  en  los  plazos establecidos en la normativa vigente a través del T-REGISTRO y el PDT-Planilla  Electrónica  PLAME.

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