Informes de Sunat: Se absuelve consulta vinculada al castigo por deudas incobrables y renovación de créditos

Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe Nº 025-2022-SUNAT/7T0000, en el mismo concluye lo siguiente:

“En el supuesto de establecimientos de salud que cumpliendo el mandato dispuesto por el artículo 39 de la Ley N.° 26842, Ley General de Salud, brinden atención médico-quirúrgica a pacientes que requieren atención de emergencia, cuyas empresas aseguradoras mantienen deudas pendientes con el establecimiento de salud, dicha atención no califica como una renovación de créditos según lo previsto en el acápite ii) del literal a) del numeral 5 del inciso f) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta”.

Texto Completo: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2022/informe-oficios/i025-2022-7T0000.pdf

Fecha de publicación: 25/04/2022

What's your reaction?
Happy0
Lol0
Wow0
Wtf0
Sad0
Angry0
Rip0