Garantizan protección laboral de trabajadores víctimas de violencia

De acuerdo al reglamento de Ley Nº 30364 (Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantesXNT del grupo familiar), el trabajador o trabajadora que sufra violencia familiar podrá solicitar el traslado de sede o de horario, para lo cual tendrá que adjuntar la denuncia presentada ante la policía o la fiscalía debiendo el empleador en un plazo de 2 días hábiles contestar el pedido.    De negársele el pedido, puede solicitar al juzgado ordenar el cambio de sede, horario y otra mediada de protección. En caso la violencia provenga del entorno laboral, la empresa estará obligada a procurar un cambio de lugar de trabajo. De no existir otra sede, deberá establecer medidas para evitar la proximidad entre la víctima y la presunta persona agresora. Fecha de publicación: 09/08/2016Fuente: Diario Gestión.

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