Disponen transferencia de competencias y funciones de los Gobiernos Regionales a Sunafil

Recientemente, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través del Decreto Supremo N° 012-2018-TR, fijó las pautas operativas para la transferencia temporal de competencias y funciones en materia de inspección laboral de los Gobiernos Regionales a la Sunafil.De esta manera, se aprobaron las normas complementarias para ejecutar esta transferencia, que incluye también la transferencia temporal del acervo documentario, del personal que realiza la función inspectiva y de la partida presupuestal.Cabe precisar que la transferencia temporal de competencias y funciones se realizará de forma progresiva. En ese sentido, dicha transferencia comprenderá las actuaciones inspectivas de investigación, orientación y asistencia técnica, los servicios que se encuentran a cargo de la inspección de trabajo y la potestad sancionadora de la inspección de trabajo.Asimismo, como parte del proceso, se constituirán comisiones de transferencia que lo conducirán en temas relacionados con el personal que realiza la función inspectiva, acervo documentario y aspectos presupuestales. Con relación a la transferencia temporal de personal, se incluirá, entre otros, a los trabajadores que al 9 de julio de 2018 ocupan el puesto de inspector auxiliar, inspector de trabajo o supervisor inspector en el respectivo gobierno regional. Por otro lado, la transferencia documentaria comprenderá las denuncias, órdenes de inspección, actas de infracción y procedimientos administrativos sancionadores en trámite. Fecha: 04/11/2018.Fuente: diario El Peruano.

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