Disponen nuevas obligaciones para titulares de la actividad minera

El Decreto Supremo Nº 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, redefine las obligaciones, alcancesXNT, competencias y normas técnicas relativas a la gestión minera como parte de adecuación  a las disposiciones fijadas por el Ministerio de Trabajo.Parte de las nuevas obligaciones del titular de la actividad minera, será entregar a cada trabajador, bajo cargo, copia del reglamento interno de seguridad y salud ocupacional e implementar medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en periodo de embarazo o lactancia a labores peligrosas.Asimismo, el titular minero deberá identificar los factores de riesgo psicosocial y evaluar los riesgos asociados mediante la utilización de metodologías que mejor se adapten a su realidad así como realizar actividades de control haciendo énfasis en la prevención y la promoción de la salud mental.            Fecha de publicación: 11/08/2016Fuente: Diario El peruano.

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