Corte Suprema fija parámetro respecto a la exoneración del IGV

Mediante la sentencia recaída en la Casación N° 5700-2016 Lima, la Corte Suprema estableció los parámetros que el fisco debe tener en cuenta para verificar el cumplimiento del requisito de administración efectiva en la región de la selva que permita a una empresa gozar de la exoneración del IGV prevista en la Ley de Promoción  de la Inversión de la Amazonía.Para gozar de este beneficio, tanto la Sunat como el Tribunal Fiscal deben corroborar que la persona que supuestamente ejerce la administración de la empresa, sea verdaderamente quien asuma el rol de administrador, independientemente de que sea gerente o apoderado, para lo cual lo primero que debe hacerse es obtener el documento que acredite el nombramiento de esa persona en el cargo.En caso se compruebe que actúa como gerente, debe verificarse si sus facultades emanan de lo previsto en la Ley General de Sociedades, del estatuto de la persona jurídica o del acto en que aparezca el nombramiento de gerente. Si se determina que un gerente en adición al gerente general  está a cargo de la administración, se tendrá por cumplido el requisito. Asimismo, si se asume que el administrador es gerente, se debe determinar si este tiene limitaciones o restricciones para ejercitar las atribuciones conferidas a su cargo.Con este fallo, la Corte Suprema continúa su labor de generar predictibilidad y seguridad jurídica en materia tributaria.Fecha de publicación: 11.11.2018Fuente: diario El Peruano

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