Corte Suprema determina la forma de cálculo de la jornada a tiempo parcial

Mediante un informe del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (MTPE), indico que se aplicara el régimen a tiempo parcial cuando se cumpla, en promedio, una jornada laboral menor a 20 horas diarias. En ese sentido, de acuerdo al MTPE, sus funcionarios, inspectores de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), deberán calcular el referido promedio, considerando las horas diarias laboradas por el trabajador en relación a la jornada de la empresa, esto quiere decir de 5 a 6 a seis días a la semana según corresponda.Sin embargo, el Poder Judicial, en la Casación Laboral Nº 18749-2016 Lima, indicó que ese criterio es errado, ya que el promedio se calcula sobre la jornada del trabajador a tiempo parcial y no sobre la jornada de la empresa y por ello se restringiría la aplicación del régimen laboral.Así, las empresas es una fiscalización laboral, si es que siguieron las pautas del Informe N° 136- 2018- MTPE- 2- 14.1, no serían sancionadas, pero corren el riesgo de que en función al criterio judicial, la misma jornada, considerada como tiempo parcial en función del informe, se contemple dentro del régimen general con el pago de indemnización y todos sus beneficios sociales.Fecha de publicación: 26/11/2018Fuente: diario Gestión.

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