Valor de la URP será de 515 soles para el presente año

El Poder Judicial (PJ) fijó el valor de la unidad de referencia procesal (URP) para el presente año en 515 soles, equivalente al 10% de la unidad impositiva tributaria (UIT), aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 309-2023-EF.

Mediante la Resolución Administrativa N° 001-2024-CE-PJ, la institución oficializó también el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el 2024, el cual regirá bajo los lineamientos del Reglamento de Aranceles Judiciales vigente.

De acuerdo con la norma, en los procesos de alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las 20 URP se sujetarán a los pagos dispuestos, reducidos en 50%.

Familia

Mientras, precisa, en los asuntos de familia e interés de menores, si se solicita la ejecución anticipada de la futura decisión final, estarán exonerados del pago del arancel judicial por el concepto de medida cautelar.

Además, en los procesos laborales y previsionales, los trabajadores, exempleados y sus herederos, cuyo petitorio exceda del mínimo señalado en el literal i) del artículo 24º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial (70 URP), se sujetarán al pago dispuesto, reducidos en 50%, detalla.

La norma señala que se exonera del pago de aranceles a los demandantes en los procesos previsionales y de garantías constitucionales (amparo, habeas corpus, habeas data, acción popular y acción de cumplimiento).

No obstante, aclara, esta exoneración no aplicará para los procesos de amparo contra resolución judicial, laudo arbitral o proceso parlamentario interpuesto por personas jurídicas con fines de lucro, de conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31307-Nuevo Código Procesal Constitucional, modificada por la Ley N° 31583.

Las empresas del sistema financiero en proceso de disolución o liquidación estarán exoneradas del pago de aranceles, en virtud de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, subraya.

La resolución precisa que no están exoneradas las empresas del Estado del ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), así como las empresas regionales o municipales, con excepción del Seguro Social de Salud (EsSalud).

Para la expedición de copias simples y/o certificadas de los expedientes judiciales en trámite, se pagará el arancel judicial que figura en el Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales 2024, indica.

Devolución de importes

La resolución señala que a solicitud de parte se devolverá el importe del arancel por nulidad de acto procesal; siempre y cuando el órgano jurisdiccional declare fundado el acto procesal viciado, con las deducciones de gastos que se generen.

El órgano jurisdiccional que ordene el reembolso del monto incluido en el comprobante de pago del arancel presentado en un expediente sustentará su decisión y asumirá la responsabilidad de la devolución indebida con las deducciones de gastos que se generen.

Los usuarios que pidan un reembolso se regirán según lo dispuesto en la Resolución N° 0456-2020-GG-PJ, que aprueba la directiva ‘Devolución de aranceles judiciales y derechos de tramitación en el Poder Judicial’ o la que esté vigente.

Beneficio

La administración de justicia será gratuita para las personas de escasos recursos económicos y para todos los casos expresamente previstos por ley.

Fuente: El Peruano

Fecha: 19/01/2024

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