Tribunal Fiscal fija requisitos para decidir sobre prescripción de deuda

El Tribunal Fiscal, órgano adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), estableció requisitos para pronunciarse respecto a la prescripción XNTde una deuda tributaria a solicitud del contribuyente a través de la interposición de una queja. El Tribunal concluyó que dicho pronunciamiento procederá cuando se encuentre en cobranza coactiva la referida deuda y la prescripción hubiera sido solicitada previamente ante el ejecutor coactivo y este haya omitido responder o denegar lo solicitado contravenido al Código Tributario.De otro lado, el abogado tributarista Percy Bardales informó que no será posible que el Tribunal Fiscal pueda analizar la legalidad de la cobranza coactiva de una deuda tributaria si es que el recurso de queja fuera interpuesto posteriormente a la conclusión del procedimiento coactivo.Finalmente, Bardales concluye que dicha prescripción solo podrá ser declarada a pedido del deudor y podrá ser opuesta en cualquier procedimiento o  proceso judicial. Por ello, el obligado podrá invocar la prescripción en el procedimiento de cobranza coactiva. Fecha: 17.02.2016Fuente: Diario Oficial El Peruano

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