Trabajadores con ingresos mayores a S/ 28, 350 pagarán impuesto a la renta

Únicamente los trabajadores que ganen al año más de  S/ 28, 350 o S/ 2, 025 mensual, incluyendo doce sueldos y dos gratificaciones al año, pagarán impuesto a la renta (IR)  de quinta categoría.XNTLourdes Chau, socia tax de PwC, señaló que esto se debe al nuevo valor de la unidad impositiva tributaria (UIT)  para el 2017, fijado en S/4, 050 mediante Decreto Supremo N° 353-2016-EF.De acuerdo con las normas sobre el IR, los trabajadores tienen derecho a deducir 7 UIT de su renta bruta anual. En este sentido, el laboralista César Puntriano Rosas, del estudio Muñiz, Ramíres, Perez- Taiman & Olaya Abogados, indicó que en el ejercicio del 2017  los trabajadores  tendrán la posibilidad de deducir S/28, 350, a diferencia del ejercicio 2016 donde solo podían deducir  S/27, 650. Además, Chau sostuvo que debido a las modificaciones a la Ley del IR efectuadas mediante el Decreto Legislativo N° 125, los trabajadores tienen la oportunidad de deducir al año por gastos en salud, intereses por créditos hipotecarios y arrendamiento un monto máximo de S/ 12, 150 es decir, 3 UIT.Otro de los efectos que trae la modificación del valor de la UIT, es que ahora una empresa, para que pueda inscribirse en su registro de intermediación de servicio laboral, deberá acreditar a partir del próximo año un capital social suscrito y pagado no menor a S/ 182, 250, indicó Puntriano.También, Puntriano sostuvo que el empleador puede pactar con sus trabajadores que perciban una remuneración mensual no menos a 2 UIT, una remuneración integral, computada por período anual, que comprenda todos los beneficios legales y convencionales aplicables a la empresa, excepto la participación en las utilidades. Indicó a su vez que el pensionista al amparo del Decreto Ley N° 19990, y que además es trabajador podrá percibir simultáneamente pensión y remuneración cuando la suma de ambos ingresos no supere el 50% de la UIT vigente es decir, S/ 2, 025.Fuente: Diario El PeruanoFecha: 25.12.2016

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