TC revalida precedentes que amparan estabilidad laboral

El Tribunal Constitucional (TC) en el año 2001, mediante la sentencia recaída en el Expediente Nº 1124-2001-AA/TC, otros y enXNT el llamado caso Telefónica, estableció que el derecho a la protección contra el despido arbitrario se entiende como la obligación de la empresa de sustentar los motivos para que cese al trabajador, caso contrario este puede demandar su reposición o estabilidad.De esta manera, el TC fue desarrollando en sucesivos casos, los típicos despidos que dan lugar a la reposición del trabajador como son el despido incausado (sin motivo), el despido fraudulento (motivos inventados) o el despido nulo (embarazo y otros). Si bien el TC cambió su conformación el año pasado, el abogado laboralista Jorge Toyama opina que los nuevos magistrados ratificaron estos precedentes, tal como se puede desprender de la STC Exp. N° 3070-2013-PA/TC. Finalmente, señaló que la única posibilidad para retirar la reposición laboral (o estabilidad) en el país, es a través de un cambio constitucional, que en su opinión es una tarea muy difícil ya que se requiere de dos legislaturas y un gran consenso. Fuente: Diario GestiónFecha: 20-02-2015

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