TC confirma límites a contratos temporales para exportadoras

El Tribunal Constitucional (TC), estableció que las empresas de exportación no tradicional (textiles y otros) solo pueden contratar deXNT manera temporal a su personal si cumplen con los requisitos legales (tener un contrato de exportación, una orden de compra, documentos que originen la exportación o el programa de producción del pedido, entre otros). Para el laboralista Mauro Ugaz, de una lectura literal de la sentencia del TC se puede colegir que coincide con el criterio del Ministerio de Trabajo (MTPE) que, mediante un informe, prohibió el uso de esta contratación temporal de personal a las empresas proveedoras de aquellas. Diario Gestión, viernes 23 de noviembre de 2012

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