Sunat se pronuncia respecto a los comprobantes de pago por prestación de servicio de internet

La Sunat señala en su informe 047-2015/Sunat, que de conformidad con artículo 1 de la Ley Marco de Comprobantes de PagoXNT, se obliga a emitir estos documentos a todas las personas que transfieran bienes, en propiedad o en uso, o presten servicios de cualquier naturaleza.De esta manera, concluye en el citado informe, que los titulares de la plataformas de internet mediante los cuales se ofrecen servicios con descuentos, solo actúan como intermediarios entre las personas que desean concretar una operación de prestación de servicio (usuario y prestador), por lo tanto, no están obligados a emitir comprobantes de pago por las transacciones que se concreten entre los antes ya mencionados.Fecha de publicación: 21.05.2015Fuente: Diario Oficial el Peruano.

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