Sunafil: Adolescentes que deseen trabajar deben contar con una autorización del Ministerio de Trabajo

“El adolescente que desee laborar debe contar con una autorización del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”, explicó la supervisora del Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil (GEIT-TFI) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), Rosa Capcha.

Fue durante un operativo de fiscalización organizado por inspectores de dicho grupo especializado que acompañados de fiscalizadores de la Municipalidad de Lima, recorrieron un total de 20 galerías de Mesa Redonda.

Producto del operativo los inspectores de la Sunafil encontraron a una adolescente, laborando en la galería Los Peluches, ubicada en la cuadra 9 del jirón Andahuaylas, del Cercado de Lima.

La adolescente fue hallada junto a una adulta mayor, quien era su empleadora, y argumentó ante los inspectores, que la menor la apoyaba en ciertas labores, que ella por edad, ya no podía realizar. Sin embargo, al momento de la intervención, se observó a ambas ofreciendo sus productos y atendiendo al público que se acercaba a su stand.

Los inspectores entrevistaron a la adolescente, para recabar información y obtener sus datos laborales. Ambas fueron orientadas para que puedan tramitar la autorización respectiva para trabajar, que será verificada posteriormente.

La supervisora del Grupo GEIT, Rosa Capcha indicó que, en estas intervenciones, al encontrar menores de edad, se les pide a los empleadores, que regularicen su situación. “Sabemos que muchos jóvenes terminan el colegio y no tienen padres, entonces están obligados a trabajar, pero deben hacerlo de manera formal, contando con el permiso correspondiente”, precisó.

Señaló que volverán a visitar las galerías comerciales, previas acciones de inteligencia, dado que durante el operativo que se llevó a cabo algunos negocios se encontraban cerrados.

La actual gestión de la Sunafil no busca colocar multas a los emprendedores, sino asesorarlos para que levanten las observaciones que formulen los inspectores de trabajo, durante sus operativos de rutina. Esto, teniendo en cuenta que los menores de edad no pueden trabajar más de seis horas diarias, ni realizar actividades peligrosas o nocivas que pongan en riesgo su integridad o su educación.

Fuente: El Peruano

Fecha: 05/05/2024

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