Proyecto de Ley que propone uso de inversión en producción cinematográfica como crédito fiscal en el Impuesto a la Renta

Como es de conocimiento general, mediante el Decreto de Urgencia Nº 022-2019 (08/12/2019), se establecieron una serie de disposiciones con la finalidad de promover la actividad cinematográfica, audiovisual nacional y contribuir con su desarrollo cultural. A nivel tributario, esta norma permite que las personas naturales y jurídicas puedan deducir para la determinación de su impuesto a la Renta, las donaciones realizadas para ejecutar proyectos cinematográficos, los titulares de estos proyectos deben ser asociaciones sin fines de lucro cuya constitución abarque exclusivamente fines culturales y los proyectos deben estar reconocidos por el Ministerio de Cultura.La deducción tiene un límite de hasta el diez por ciento (10%) de la suma de la renta neta del trabajo y la renta de fuente extranjera o hasta el diez por ciento (10%) de la renta neta de tercera categoría, luego de efectuada la compensación de pérdidas acorde al artículo 50 de la Ley del Impuesto a la Renta.A través del Proyecto de Ley Nº7465/2020-CR presentado el día 05 de abril de 2021 por el Congreso de la República, se plantea, entre otras medidas, que las personas naturales o jurídicas con actividades en el territorio nacional que inviertan en la producción de obras cinematográficas peruanas destinadas a las salas de exhibición puedan utilizar el monto invertido como crédito fiscal, deduciendo su Impuesto a la Renta, hasta un límite del 10 % de su facturación anual, teniendo previa autorización del Ministerio de Cultura.Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley en el siguiente enlace:https://tinyurl.com/53hmxpkkSi necesita asesoría sobre algún tema vinculado, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.peFuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 07/04/2021

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