Proyecto de Ley que plantea otorgar beneficios fiscales para impulsar la adquisición y uso de vehículos eléctricos y de gas natural

Como es de conocimiento general, las propuestas para la promoción de vehículos menos contaminantes buscan la exoneración de diversos tipos de impuestos como el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas, el Impuesto vehicular, entre otros. Sin embargo, estas medidas significan altos costos para la caja fiscal, es por ello que la presente propuesta legislativa busca que el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) lleve a cabo acciones para impulsar el uso de vehículos eléctricos y de gas natural, sin que haya consecuencias económicas negativas para el Estado.

Mediante el Proyecto de Ley Nº 5515/2022-CR, presentado al Congreso de la República el día 04 de julio de 2023, se plantea otorgar beneficios económicos y fiscales para el impulso en el uso de vehículos eléctricos y gas natural de transporte masivo de personas y de carga pesada de mercancias para la mejora de competitividad del país. La citada propuesta plantea lo siguiente:

1.- Medidas de impulso del Poder Ejecutivo

  • Se autoriza el uso del FISE, para el otorgamiento de bonos retornables, como medida de financiamiento.
  • El monto de los bonos deberán ser devueltos al FISE en un plazo no mayor a 36 meses y con una tasa de interés preferencial, que será determinada por Decreto Supremo. El interés obtenido constituirá un recurso propio del FISE.
    • Se constituirá garantía real a favor del FISE sobre los vehículos adquiridos.
  • Se autoriza al Poder Ejecutivo la transferencia de partidas por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor del Ministerio de Energía y Minas, para la entrega de bonos retornables destinados a la adquisición de vehículos eléctricos y gas natural.

2.- Régimen especial de depredación de vehículos eléctricos y gas natural

Conforme al artículo 4 de la Ley N° 31562, se estableció, entre otras medidas, un régimen especial de depreciación máximo del 50% para vehículos de transporte terrestre excepto ferrocarriles) híbridos (con motor de émbolo y motor eléctrico) o eléctricos (con motor eléctrico), adquiridos en los ejercicios 2023 y 2024, afectados a la producción de rentas gravadas.

A raíz del presente proyecto se propone modificar dicho artículo a fin de ampliar la vigencia de este beneficio hasta 7 años, siempre y cuando los vehículos sean eléctricos y de gas natural en transporte masivo de personas y carga pesada.

Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 5515/2022-CR en el siguiente enlace:

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MTE1ODc4/pdf/PL0551520230704

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 10/07/2023

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