Como es de conocimiento general, la Ley Nº 28194, establece entre otros aspectos, la creación del Impuesto a las Transacciones Financieras cuya alícuota es el 0.0005% y su finalidad es extrafiscal.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 6568/2023-CR, presentado al Congreso de la República el día 01 de diciembre de 2023, se plantea derogar la Ley N° 28194, Ley que regula la bancarización, así como las disposiciones que se opongan a la presente propuesta a fin de restituir el principio de no confiscatoriedad, el secreto bancario y la simplificación de las transacciones bancarias de los peruanos.
Según la exposición de motivos de la presente propuesta, se pueden resaltar los siguientes aspectos:
- Uno de los motivos que busca esta propuesta es derogar el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). Se señala que dicho impuesto no tiene fines recaudatorios, sino fines extrafiscales por lo que el costo de administrar tal impuesto es mucho mayor a la recaudación.
- El ITF genera una carga tributaria acumulativa es decir que grava sobre el importe de un monto el ITF genera una carga tributaria acumulativa, es decir, que grava sobre el importe de un monto gravado.
- El ITF perjudica la fluidez de las transacciones económicas
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Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 6568/2023-CR en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/mteufuc9
Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 04/12/2023
[1] En esta declaración se establece los montos del impuesto retenido o percibido, detalle de las operaciones gravadas y las operaciones exoneradas, así lo establece el artículo 17° del Decreto Supremo N°150-2007-EF.
[2] Conforme al Decreto Legislativo N° 1434 y el Decreto Supremo N° 430-2020-EF.