Proyecto de Ley que busca derogar norma que modifica obligación de suministro de información financiera a la Sunat

Como es de conocimiento general, el Decreto Legislativo N° 1434 (16/09/18) modificó el artículo 143-A de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, a fin de perfeccionar el supuesto ya reconocido de suministro de información financiera de parte de las empresas del sistema financiero a la SUNAT.En virtud de esta modificación, se establecieron ciertos criterios para que las instituciones financieras suministren la información financiera. Esta norma fue reglamentada recientemente por el Decreto Supremo N° 430-2020-EF, publicada el 31/12/2020 y su Anexo publicado el 03/01/2021.El 6 de enero del presente año se presentó en el Congreso de la República, el Proyecto de Ley N° 06904/2020-CR, el cual propone derogar el Decreto Legislativo N° 1434, al considerar que viola el derecho al secreto bancario establecido en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.Para mayor detalle puede revisar el informe ”Comentarios a la regulación sobre la información que las empresas del sistema financiero deben suministrar a la sunat”, donde se desarrollan los principales aspectos sobre al tema y que preparamos como parte del especial preparado respecto a las principales normas que se han publicado entre el 30 de diciembre de 2020 y el 4 de enero de 2021, que está disponible en la zona de suscriptores.Si necesita asesoría concreta sobre el tema puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe.Fuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 07/01/2020

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