Proyecto de Ley que busca derogar el Decreto Legislativo 1434 que modifica la obligación de suministrar la información financiera

Como es de conocimiento general, el Decreto Legislativo N° 1434 (16/09/18) modificó el artículo 143-A de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, a fin de perfeccionar el supuesto ya reconocido de suministro de información financiera de parte de las empresas del sistema financiero a la SUNAT.En virtud de esta modificación, se establecieron ciertos criterios para que las instituciones financieras suministren la información financiera. Esta norma fue reglamentada recientemente por el Decreto Supremo N° 430-2020-EF, publicada el 31/12/2020 y su Anexo publicado el 03/01/2021.El 18 de enero del presente año se presentó en el Congreso de la República, el Proyecto de Ley N° 06950/2020-CR, el cual propone derogar el Decreto Legislativo N° 1434 que modifica el artículo 143-A de la Ley Nº26702, al considerar que violaría el derecho al secreto bancario y a la intimidad personal reconocidos en el artículo 2 inciso 5 de nuestra Constitución.Cabe resaltar que el 6 de enero de 2021, el Congreso de la República presentó el Proyecto de Ley N° 06904-2020-CR, el cual tiene el mismo contenido del anterior Proyecto de Ley. Asimismo, este proyecto se encuentra en la Comisión de Constitución y Reglamento desde el 07 de enero de 2021.Para mayor detalle puede revisar el informe ”Comentarios a la regulación sobre la información que las empresas del sistema financiero deben suministrar a la Sunat”, donde se desarrollan los principales aspectos sobre al tema y que preparamos como parte del especial preparado respecto a las principales normas que se han publicado entre el 30 de diciembre de 2020 y el 4 de enero de 2021, que está disponible en nuestra zona de suscriptores de C&E.https://tinyurl.com/yacjmvx2Si necesita asesoría concreta sobre el tema puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe.Fuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 20/01/2020

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