Programa de incentivos para renuncia de trabajadores debe sustentarse para efectos del impuesto a la renta

Según un reciente pronunciamiento del Tribunal Fiscal, los planes o programas de incentivos otorgados a trabajadores como incentivo paraXNT renunciar deben estar sustentados a fin de su deducibilidad como gasto del Impuesto a la Renta.El fallo del Tribunal Fiscal indica que el incentivo condicionado a que el trabajador constituya una nueva empresa, es un gasto deducible siempre que esa condición se pruebe, pero el monto no debe compensar ningún reclamo del trabajador a nivel judicial.Agrega, por otro lado, que el incentivo entregado como liberalidad, no será deducible para el pago del Impuesto a la Renta, pero sí podrá compensarse con cualquier reclamo del trabajador por beneficios laborales determinados en un juicio.Fuente: Diario Gestión 

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