Obligación del empleador de capacitar en temas de teletrabajo

El reglamento de la Ley del Teletrabajo incluye un tema clave, que es la capacitación al personal en diversos aspectos del quehacer laboral, obligación que estará a cargo de los empleadores y cuyo cumplimiento se debe concretar antes del 27 del presente mes. Del mismo modo, el citado cuerpo normativo señala que las organizaciones se adecuen a las disposiciones vinculadas a la nueva modalidad hasta la citada fecha como plazo.

En ese sentido, los empleadores están obligados a capacitar a su personal que laborará mediante el teletrabajo acerca del uso de los aplicativos digitales y cualquier plataforma digital que utilice durante el desarrollo de sus tareas. Con el propósito de garantizar el uso y adopción de las tecnologías digitales y el cumplimiento de las medidas de seguridad para la confidencialidad de la información.

Asimismo, la obligación del empleador incluye las capacitaciones, sobre seguridad y salud en el teletrabajo, y sobre la prevención del hostigamiento sexual en el teletrabajo, adecuando tales capacitaciones a la modalidad del teletrabajo, las mismas que deberán ser impartidas cada año.

Fuente: Diario El Peruano

Fecha: 19/04/2023

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