MTPE modifica normas sobre la comunicación de accidentes de trabajo mortales, incidentes peligrosos y enfermedades profesionales

La autoridad laboral modificó el artículo 110 del reglamento de la Ley Nº 29783, estableciendo que los empleadores deberán notificarXNT los accidentes de trabajo mortales y los incidentes peligrosos dentro del plazo máximo de 24 horas de ocurridos. Asimismo, el centro médico asistencial, ya sea público, privado, militar, policial o de seguridad social, deberá notificar los accidentes de trabajo hasta el último día hábil del mes siguiente de ocurrido.De otro lado, las enfermedades ocupacionales deberán ser notificadas en el plazo de 5 días hábiles de conocido el diagnóstico. Finalmente, la comunicación  de cualquier otro tipo de situaciones que alteren o pongan en riesgo la vida, integridad física y psicológica del trabajador suscitada en el ámbito laboral, será efectuada en aquellos casos específicos que sean solicitados por el MTPE.Fuente: El peruanoFecha: 05.11.2014

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