Modifican norma referente al horario de atención en la Mesa de Partes Virtual de la SBS

Tipo Norma: Resolución SBS

Número de Norma: Nº 02484-2023

Fecha de Publicación: Martes, 25 de julio 2023

Como es de conocimiento general, a través de la Resolución SBS N° 01401-2021, se aprobó las disposiciones sobre la Mesa de Partes Virtual de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

Mediante la presente disposición, se modifica el numeral 3.4 de la Resolución SBS N° 01401-2021 a fin de establecer las siguientes reglas sobre el horario de la mesa de partes virtual de la SBS:

“3.4. El horario de atención para la recepción de escritos, solicitudes y documentos electrónicos a través de la Mesa de Partes Virtual, será durante las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días de la semana, todos los días del año; de acuerdo a las siguientes reglas:

a) Desde las 00:00 horas hasta el término del horario de atención de esta Superintendencia (las 16:30 horas) de un día hábil, se consideran recibidos el mismo día.

b) Después del término del horario de atención de esta Superintendencia (16:30 horas hasta las 23:59 horas), se consideran recibidos el día hábil siguiente.

c) Los sábados, domingos, feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran recibidos al primer día hábil siguiente.”.

Vigencia: Desde el 26/07/2023

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