Modifican norma del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y el TUPA de la SBS

Tipo de Norma: Resolución SBS

Número de Norma: N° 02305-2023

Fecha de Publicación: Viernes, 07 de julio de 2023

Por intermedio de la resolución señalada se modifica el Título VIII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a registro, aprobado mediante Resolución Nº 115-98-EF/SAFP y sus normas modificatorias, conforme a lo siguiente:

Artículo 29°.- Documentación requerida. Se inscriben en esta sección los profesionales médicos y psicólogos que presten servicios de consultoría en el marco de las normas sobre prestaciones y evaluación y calificación de la invalidez en el Sistema Privado de Pensiones.

La inscripción en el Registro es de duración indefinida y se produce a solicitud del profesional interesado, para lo cual debe presentar el formato contenido en el Anexo Nº XII del presente Título.

 Artículo 30°.- Ficha. La ficha de registro de Médicos y Psicólogos Consultores contiene lo siguiente:

A) DATOS DEL PROFESIONAL

a.1 Nombres y apellidos del profesional.

a.2 Número de documento de identidad.

a.3 Domicilio.

a.4 Correo electrónico.

a.5 Número de teléfono/celular.

a.6 Especialidad.

a.7 N° de Registro Nacional de Especialidad (RNE) y N° de Colegiatura.

a.8 Experiencia como médico especialista.

a.9 Dirección de desempeño de funciones.

a.10 Fecha de inicio de la representación.

(…)

Asimismo, se deroga el artículo 50, referido a la renovación de médicos y psicólogos consultores, del Título VIII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones.

Por otro lado, se incorpora el Anexo N° XII como parte de los Anexos del Título VIII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones. Estableciéndose así el formato de solicitud de inscripción en el registro de médicos y psicólogos consultores

Por último, se modifican los procedimientos N° 59 “Autorización de inscripción de médicos y psicólogos consultores en el Registro” y N° 65 “Renovación de inscripción en el Registro de los procedimientos relacionados con el Sistema Privado de Pensiones” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y modificatorias, conforme al texto que se adjunta a la presente Resolución y se publica en el Portal institucional (www.sbs.gob.pe).

Cabe precisar que la resolución entra en vigencia a partir de los 90 días calendario de publicada en el diario oficial El Peruano.

Vigencia: Desde el 05/10/2023

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