Masificación de sueldos de los trabajadores sería un error

Este 28 de julio el gobierno publicó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, en el cual se incluyen 84 medidas en nueve objetivos prioritarios. En ese sentido, atiendo a una de estas medidas relacionada al objetivo prioritario 5, cuyo objetivo es mejorar el mercado laboral peruano y otorgar mayores contenidos al reglamento del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento al Empleo.Entonces, entre las modificaciones que se plantean esta la determinación prorrateada mensual de beneficios laborales de los trabajadores con el previo acuerdo con el empleador, quiere decir, que el trabajador tendría la posibilidad de elegir si las gratificaciones de julio y diciembre, así como el pago por compensación por tiempo de servicios (CTS) se pagan como tradicionalmente se realizan, que son 12 sueldos al año más las dos gratificaciones y los dos depósitos de CTS, o sí por el contrario prefiere que dichos pagos se efectúen a lo largo del año.Asimismo, haciendo el cálculo total de ingresos por año, como si fuera un sueldo anual, sumando las remuneraciones más los beneficios mencionados y que estos se paguen en 12 meses incrementaría el ingreso mensual de los trabajadores. Además como el plan no señala específicamente el planteamiento de esta medida, fuentes del sector privado que colaboraron con el plan refieren que se entiende que esta opción de pago se masifique a todos los trabajadores, en razón de que el prorrateo de sus ingresos son quienes ganan más de 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).En razón a ello, el sector privado consideran que hay un error del Gobierno en proponer que este cambio se haga a través de la modificación del Decreto Legislativo N° 728, pues debería hacerse modificando su Texto Único Ordenado, y para ello sería necesario solo un decreto supremo de la norma que apruebe el TUO.Fecha de publicación: 01/08/2019.Fuente: diario El Gestión.

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