La tuberculosis no podrá ser considerada una causa para el despido de un trabajador

La Ley N° 30287, que regula la prevención y control de dicha enfermedad en el Perú, dispone que es nulo el despido que tengaXNT por motivo la condición de salud de la persona afectada.Asimismo, la referida ley señala que la tuberculosis es considerada como una enfermedad ocupacional, ligada al sector salud y otros subsectores de este.De otro lado, en caso que el trabajador se haya recuperado de la enfermedad y que por prescripción médica no pueda seguir laborando en el puesto para el cual fue originalmente contratado deberá ser reasignado por el empleador en otras funciones que pueda realizar sin poner en riesgo su seguridad y salud. El plazo de la reasignación deberá constar en la prescripción médica, luego del cual podrá regresar a su puesto usual.Fuente: El peruanoFecha: 18.12.2014

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