Inicia el pago de prestación económica a favor de trabajadores suspendidos

Aquellos trabajadores que cuenten con una resolución aprobatoria de suspensión perfecta de labores, emitida por la Autoridad Administrativa de Trabajo, pueden iniciar el procedimiento de pago de la ”Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la pandemia del covid-19, que considera un bono de 760 soles. El Poder Ejecutivo estableció, mediante Decreto de Urgencia Nº 072-2020 publicado el 24 de junio de este año en el diario oficial El Peruano, los alcances de este subsidio.Sobre el particular, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que los requisitos que deben cumplir estos trabajadores, además de la resolución favorable de la autoridad de trabajo, es que deben prestar servicios en una empresa que cuente con no más de 100 trabajadores, además de recibir una remuneración bruta mensual de hasta 2,400 soles. Asimismo, se exige que el trabajador no haya sido beneficiario, así como ninguno de sus familiares inscritos en el Registro Nacional de Hogares, de los anteriores subsidios monetarios otorgados por el gobierno como son Bono Universal Familiar, Bono Quédate en Casa, Bono Independiente y Bono RuralEl Ministerio de trabajo recuerda que para hacer efectiva la prestación económica, el trabajador deberá registrar su solicitud en la ventanilla integral virtual del asegurado (Viva), de Essalud: https://viva.essalud.gob.pe/viva/login y, en un plazo máximo de cinco días hábiles, se realizará el abono correspondiente en la cuenta bancaria o alguna cuenta de dinero electrónico que haya autorizado.Si algún trabajador desea saber el motivo por el cual no se encuentra considerado como beneficiario de la prestación económica, podrá acceder al enlace: http://mtpe.trabajo.gob.pe/consultabono/ , el mismo que se encuentra en la página web del MTPE: https://www.gob.pe/mtpe Fecha: 2/08/2020Fuente: El Peruano

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